LA TRANSVERSALIDAD DE GÉNERO EN LOS PROGRAMAS DE EMPODERAMIENTO DE MUJERES.
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La transversalidad de género en los programas públicos de empoderamiento de mujeres es un principio rector de las políticas públicas enfocadas a la igualdad de género, con base en el artículo 4 fracción VII, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres es "el proceso que permite garantizar la incorporación de la perspectiva de género con el objetivo de valorar las implicaciones que tiene para las mujeres y los hombres cualquier acción que se programe, tratándose de legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales en las instituciones públicas y privadas" es decir, la transversalidad de género consiste en integrar de una manera sistemática la perspectiva de género en todas las etapas diseño, elaboración, aplicación, evaluación y seguimiento de los instrumentos de la Política de Igualdad entre Mujeres y Hombres.
Su principal objetivo es garantizar que la igualdad de género sea un componente central en todas las acciones gubernamentales, esto es fomentar la igualdad entre mujeres y hombres 1 en todos los ámbitos de la vida; económico, político, saludable, social y cultural", para lo cual, el Ejecutivo Federal con base en la Política Nacional en materia de Igualdad entre Mujeres y hombres asegura que la planeación presupuestal también incorpore la perspectiva de género2 .
Para lograr la transversalidad en la Política Nacional para la Igualdad entre Hombres y Mujeres en México, la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en su artículo 18 y 19, establece como instrumentos de la Política Nacional de Igualdad:
El Sistema Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
El Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
La Observancia en materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres
mediante dichos instrumentos se articulan las acciones afirmativas interrelacionadas en los órdenes federal, estatal y municipal, las cuales se apegan a los objetivos previstos en dicha Ley, así mismo prevén la implementación de diversas estrategias como presupuestos con perspectiva de género; y armonización legislativa entre otras que favorecen la transversalidad de género.2
1 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Artículo 17, fracción I
2 Idem Articulo 17, fracción II
A través del Sistema Nacional que "es el conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y las entidades de la Administración Pública Federal entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos sociales y con las autoridades de los Estados, el Distrito Federal y los Municipios", el Gobierno Federal efectúa acciones de común acuerdo destinadas a la promoción y procuración de la igualdad entre mujeres y hombres dichas acciones están coordinadas por el Instituto Nacional de las Mujeres.
El Programa Nacional para la Igualdad de Mujeres y Hombres conocido como PROIGUALDAD 2020-2024 es un programa público de empoderamiento de la mujer en diversos ámbitos, incluso en el ámbito político; una iniciativa gubernamental diseñada para promover la igualdad de género y de manera indirecta, al minimizar la desigualdad entre hombres y mujeres, aumentar la participación de las mujeres en la toma de decisiones políticas "contiene las principales estrategias y acciones que las entidades y dependencias de la Administración Pública Federal deberán poner en marcha para garantizar los derechos de las mujeres y 3 disminuir la violencia en su contra" y de igual manera, es propuesto por el Instituto Nacional de las Mujeres.
Busca superar los obstáculos y desigualdades históricas que han limitado la participación de las mujeres en todos los ámbitos de la vida, incluso en la "participación paritaria entre mujeres y hombres en la toma de decisiones políticas y socioeconómicas". Esto lo hace a través del planteamiento de seis objetivos prioritarios, 37 estrategias prioritarias y 267 acciones puntuales, medibles a través de 16 parámetros o indicadores específicos.
La visión de largo plazo del PROIGUALDAD 2020-2024 es que "las mujeres, las adolescentes y las niñas tendrán mayor autonomía económica, mayor reconocimiento, redistribución y reducción del tiempo que dedican a los trabajos domésticos y de cuidados, mejores condiciones para ejercer su derecho a la salud y la educación; enfrentarán menos violencia de género y las víctimas directas e indirectas tendrán mayor acceso a una atención integral a la justicia y la reparación del daño; se incrementará la participación igualitaria de las mujeres en los procesos de toma de decisiones en los ámbitos de interacción social y política, y gozarán de entornos más seguros y en paz, en los cuales gestionarán su vida junto con sus 4 seres queridos, en un marco de mayor convivencia comunitaria".
3 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/Proigualdad%202020-2024%20Web.pdf
4 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/Proigualdad%202020-2024%20Web.pdf
La transversalidad de género en la Política Nacional de Igualdad, no solo se advierte en el diseño del Sistema y el Programa Nacional, sino también en la asignación de recursos, que desde el año 2008 se encuentran contemplados en el Anexo Transversal de Erogaciones para 5 la Igualdad entre Mujeres y Hombres (Anexo 13 del Presupuesto de Egresos de la Federación) en dicho anexo se etiqueta el gasto correspondiente a programas y acciones estratégicas tendientes a promover la igualdad sustantiva por dependencia.
Si bien, PROIGUALDAD 2020-2024 fue publicado en el 6 Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2020 , para el Presupuesto de Egresos de la Federación de 2021, se asignaron al Anexo 13 $ 128,353,630,307 7, para 2022, tuvo un incremento de $105,378,667,341. quedando en 8 $233,732,297,648 , lo que representa un incremento de 82% con respecto al 2021, para 2023 el incremento con respecto al 2022 fue de $114,630,111,687, esto es 49% con respecto al año anterior, siendo el presupuesto de 9 $348,362,409,335 .
Cabe destacar que en tan solo 2 años, de 2021 a 2023 el presupuesto del anexo 13, se incrementó en un 271%.
El PROIGUALDAD 2020-2024, es un programa que "da cumplimiento a los ordenamientos nacionales e internacionales relativos a los derechos de las mujeres, así como a las recomendaciones y orientaciones hechas al Estado Mexicano por instancias internacionales, como el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará, asumiendo así plenamente la responsabilidad y el compromiso con la seguridad, bienestar, libertad e igualdad de las niñas y mujeres mexicanas".10
Por último, el tercer instrumento en el cual también se aprecia el principio de transversalidad, tiene que ver con la etapa de evaluación de la Política Nacional y es la Observancia en materia de Igualdad entre Mujeres y Hombres, la cual refiere a el "seguimiento, evaluación y monitoreo 11 de la Política nacional en materia de igualdad entre mujeres y hombres" 11que está a cargo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y de personas de reconocida trayectoria y con especialización en la materia, quienes evaluarán los resultados de la Política Nacional y los difundirán para lo cual, podrán allegarse de cualquier información de la materia, así como proponer diagnósticos y estudios que les permitan cumplir con la Observancia.
5 http://puntogenero.inmujeres.gob.mx/presupuestos/pre_t5_pan01_pag01.html
6 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5608467&fecha=22/12/2020#gsc.tab=0
7 https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupuesto/DecretosPEF/Decreto_P EF_2021.pdf
8 https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5672637&fecha=28/11/2022#gsc.tab=0
9 https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf
10 http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/Proigualdad%202020-2024%20Web.pdf
11 Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Artículos 46 y 47
BIBLIOGRAFIA
- https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/PEF_2023.pdf
- http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/Proigualdad%202020-2024%20Web.pdf
- Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
- http://puntogenero.inmujeres.gob.mx/presupuestos/pre_t5_pan01_pag01.html
- https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5608467&fecha=22/12/2020#gsc.tab=0
- https://www.transparenciapresupuestaria.gob.mx/work/models/PTP/Presupuesto/DecretosPEF/D ecreto_PEF_2021.pdf
- https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5672637&fecha=28/11/2022#gsc.tab=